La FDA desempeña un papel fundamental en la normativa no arancelaria de la industria de los cosméticos, precisando que cada uno de estos productos comercializados en EE.UU. sean seguros para su uso previsto. Esencialmente, para reforzar lo anterior, la Agencia en mención promulgó en diciembre del año 2022 la Ley de Modernización de la Normativa de Cosméticos (también conocida como Ley MoCRA). A través de esta modernización, la Sección 607(a) de la Ley Food, Drug and Cosmetic Act (o Ley FD&C) garantiza la seguridad y la calidad de los cosméticos fabricados o importados, por medio de ciertos estándares.
MoCRA simboliza un cambio representativo luego de más de 80 años de la existencia de la legislación FD&C. Y con dicho cambio, se introducirán una serie de cumplimientos por parte de las empresas de la industria, mismos que van desde el registro de instalaciones fabricantes, listado de productos e ingredientes, nuevos requerimientos en el etiquetado, entre otros más. Todos estos serán introducidos en distintas fechas o momentos.
Relacionado a lo anterior, la FDA recién habilitó el requisito de registro de instalaciones y el listado de productos e ingredientes de estos comercializados o a comercializar en Estados Unidos. Con esto, la Sección 607 de la Ley FD&C impactará directamente a las empresas de cosméticos no medicados. En este punto, es de utilidad recordar el significado de “cosmético” ante FDA: es un artículo para frotarse, verterse, rociarse, atomizarse o, de otra forma, aplicarse a cuerpo para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo o modificar la apariencia.
Para el 1 de julio del 2024 MoCRA estipula, claramente, que todo fabricante, etiquetador, empacador y almacenador de cosméticos no medicados deberá contar con un registro de instalación el cual se mantendrá actualizado y, al igual, renovarse ante FDA cada 2 años en año par. Además, será obligatorio listar todos los cosméticos y sus ingredientes comercializados en E.E.U.U., siempre ante la Agencia Oficial. Resultará primordial para las empresas mantener registros que respalden la seguridad de los productos, ya sea a través de pruebas o estudios e investigaciones; así como mantenerlos actualizados anualmente.
En términos de intercambio comercial, a diciembre del año 2023, el valor exportado (en US$) de cosméticos de Guatemala a Estados Unidos fue de US$11.691.079, simbolizando una variación 2022-2023 del 7,69%/ variación neta 2022-2023 de US$834.345 Por consiguiente, las empresas guatemaltecas de dicho sector deberán mantenerse informados con respecto a las distintas fechas de las implementaciones de las normas que conforman a MoCRA, para continuar introduciendo sus productos al mercado estadounidense y evitar sanciones como puede ser desde la detención en aduanas o bien, ser retirados del mercado.
Webinar gratuito “Requisito de registro de empresas bajo Ley MoCRA de la FDA”
Para conocer más sobre el requisito de registro de instalaciones y productos, este 11 de abril la Unidad de Inteligencia de Mercados impartirá el webinar gratuito “Requisito de registro de empresas bajo Ley MoCRA de la FDA”, enfocado a empresas de cosméticos no medicados. Para inscribirse, ingrese aquí.
Redacción: María Inés Valle Balsells – Analista de Admisibilidades y Normas Técnicas (Unidad de Inteligencia de Mercados – AGEXPORT).