Estimado Asociado:
Hacemos de su conocimiento que el 27 abril de 2020, el Ministerio de Economía informó del Procedimiento para que las empresas puedan solicitar que sus trabajadores accedan al Beneficio del Fondo de la Protección del Empleo.
RECUERDE que, para solicitar este beneficio, el patrono previamente debió haber realizado el trámite de suspensión de contratos de trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y haber obtenido la resolución aprobatoria de la suspensión de los contratos de trabajo.
- *Conozca los detalles sobre: Ministerio de Trabajo crea procedimiento electrónico para autorización de suspensiones de contratos de trabajo
A continuación, se presentan los pasos que deberá seguir para optar al beneficio del fondo de protección del empleo: