Este atento a la ampliación del día de ayer, relacionada con las nuevas medidas de mitigación por COVID-19 publicadas este 21 de enero por Acuerdo Ministerial No.07-2021 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
Debe tomar nota de las nuevas medidas que serán aplicadas a partir de hoy:
Medidas para Centros de Trabajo
- Se deberá cumplir con los aforos y demás medidas sanitarias establecidas para los lugares de trabajo de conformidad con las disposiciones del Acuerdo Gubernativo 79-2020 del Ministerio de Trabajo, el cual establece un distanciamiento social de por lo menos 1.50 metros entre empleados, consumidores y usuarios. Cuando por la naturaleza de las actividades no sea posible este distanciamiento se deberá disponer de barreras físicas que minimicen el contagio.
Medidas para lugares turísticos
- Cumplimiento de aforo de lugares turísticos públicos como playas, lagos, ríos, parques públicos, parques municipales y otros de similares características de acuerdo con el semáforo de alertas sanitarias. Solicitando a las municipalidades velar por el cumplimiento de esta medida.
Operativos de Verificación
- Se intensificarán los operativos de los equipos multisectoriales conformados por el personal de salud, Policía Nacional Civil, Municipalidades, Ministerio de Trabajo y otras instituciones públicas para supervisar el cumplimiento de los protocolos, aforos en comercios, bares y restaurantes.
- Se aplicará el estricto y efectivo cumplimiento de la ley seca a partir de las 21:00 horas. En caso de incumplimiento, los establecimientos pueden ser clausurados.
Medidas Sanitarias para Mercados
- Dar cumplimiento con el aforo de personas, de acuerdo con el semáforo de alertas sanitarias.
- Garantizar el uso de mascarilla, alcohol en gel y distanciamiento social.
- Establecer un horario de atención de 6:00 de la mañana a 14:00 horas, con un horario diferenciado para personas mayores de 60 años.
- Se solicita la colaboración de los alcaldes para la adopción de estas medidas en los mercados municipales.
Medidas sanitarias para Centros Comerciales
- Cumplimiento de aforo según el semáforo de alertas sanitarias en centros comerciales.
- Garantizar el uso de mascarilla, alcohol en gel y distanciamiento social.
Reuniones
- Se debe garantizar el cumplimiento del aforo de personas en las reuniones de acuerdo con el semáforo de alertas sanitarias.
Transporte Público
- Cumplimiento del aforo establecido para el transporte público colectivo que cuente con la debida autorización para circular.
Prohibiciones
- Se prohíben a nivel nacional la realización de ferias comunales, municipales, de barrio
- Se reitera la prohibición de velatorios y entierros masivos, independientemente de cuál sea la causa de fallecimiento.
Se recuerda como medidas obligatorias el uso universal y adecuado de mascarilla, distanciamiento físico de por lo menos 1.50 centímetros y la higiene de manos con agua, jabón o alcohol en gel.
Sistema de Alertas Sanitarias:
Foto cortesía de la Agencia Guatemalteca de Noticias