jueves, marzo 28, 2024
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A partir del 21 de enero estas serán las nuevas medidas de mitigación por Covid-19

Este atento a la ampliación del día de ayer, relacionada con las nuevas medidas de mitigación por COVID-19 publicadas este 21 de enero por Acuerdo Ministerial No.07-2021 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Debe tomar nota de las nuevas medidas que serán aplicadas a partir de hoy:

Medidas para Centros de Trabajo

  • Se deberá cumplir con los aforos y demás medidas sanitarias establecidas para los lugares de trabajo de conformidad con las disposiciones del Acuerdo Gubernativo 79-2020 del Ministerio de Trabajo, el cual establece un distanciamiento social de por lo menos 1.50 metros entre empleados, consumidores y usuarios. Cuando por la naturaleza de las actividades no sea posible este distanciamiento se deberá disponer de barreras físicas que minimicen el contagio.

Medidas para lugares turísticos

  • Cumplimiento de aforo de lugares turísticos públicos como playas, lagos, ríos, parques públicos, parques municipales y otros de similares características de acuerdo con el semáforo de alertas sanitarias. Solicitando a las municipalidades velar por el cumplimiento de esta medida.

Operativos de Verificación

  • Se intensificarán los operativos de los equipos multisectoriales conformados por el personal de salud, Policía Nacional Civil, Municipalidades, Ministerio de Trabajo y otras instituciones públicas para supervisar el cumplimiento de los protocolos, aforos en comercios, bares y restaurantes.
  • Se aplicará el estricto y efectivo cumplimiento de la ley seca a partir de las 21:00 horas. En caso de incumplimiento, los establecimientos pueden ser clausurados.

Medidas Sanitarias para Mercados

  • Dar cumplimiento con el aforo de personas, de acuerdo con el semáforo de alertas sanitarias.
  • Garantizar el uso de mascarilla, alcohol en gel y distanciamiento social.
  • Establecer un horario de atención de 6:00 de la mañana a 14:00 horas, con un horario diferenciado para personas mayores de 60 años.
  • Se solicita la colaboración de los alcaldes para la adopción de estas medidas en los mercados municipales.

Medidas sanitarias para Centros Comerciales

  • Cumplimiento de aforo según el semáforo de alertas sanitarias en centros comerciales.
  • Garantizar el uso de mascarilla, alcohol en gel y distanciamiento social.

Reuniones

  • Se debe garantizar el cumplimiento del aforo de personas en las reuniones de acuerdo con el semáforo de alertas sanitarias.

Transporte Público

Prohibiciones

  • Se prohíben a nivel nacional la realización de ferias comunales, municipales, de barrio
  • Se reitera la prohibición de velatorios y entierros masivos, independientemente de cuál sea la causa de fallecimiento.

Se recuerda como medidas obligatorias el uso universal y adecuado de mascarilla, distanciamiento físico de por lo menos 1.50 centímetros y la higiene de manos con agua, jabón o alcohol en gel.

Sistema de Alertas Sanitarias:

Foto cortesía de la Agencia Guatemalteca de Noticias

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