Es importante que considere que si su empresa, utiliza agua para su proceso productivo, deberá contar con un estudio técnico de aguas residuales avalado por un profesional técnico en la materia a efecto de caracterizar afluentes, descargas, aguas para reusó y lodos. Este instrumento no debe ser presentado para su aprobación al Ministerio de Ambiente, sin embargo, es obligatorio y en caso de una inspección ambiental deberá presentarlo a la autoridad. El Acuerdo Gubernativo No. 236-2006, Reglamento de las descargas y reúso de aguas residuales y de la disposición de lodos, establece que la obligación aplica en los siguientes casos:
• Las personas que descarguen sus aguas residuales de tipo especial (para uso
productivo) al alcantarillado público.
• Las personas que produzcan aguas residuales para reuso.
• Las personas que reusen parcial o totalmente aguas residuales.
• Las personas responsables del manejo, tratamiento y disposición final de lodos.

Así mismo recuerde, que a partir del enero del 2022 todos los entes generadores de aguas residuales deberán de registrarse en el Sistema General de Entes Generadores de Aguas Residuales, denominado -SIGEGAR-, al cual, se podrá ingresar a través del Portal Web del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
Si tiene inquietudes sobre la forma de obtener su licencia ambiental, puede avocarse a los “Servicios de asesorías especializadas en el área ambiental” de la Gerencia de Competitividad de AGEXPORT, al correo: ana.contreras@agexport.org.gt donde le apoyarán también con: auditorías de verificación de cumplimiento ambiental, elaboración y aprobación de instrumentos ambientales, categorización de proyectos, entre otros.