jueves, febrero 12, 2026

Actualización obligatoria en el Registro de Exportadores: Fecha límite 31 de enero

Al iniciar el año 2026, es fundamental que las empresas planifiquen y atiendan oportunamente sus principales obligaciones contables, tributarias, laborales y regulatorias, a fin de asegurar la continuidad operativa y el cumplimiento normativo.

AGEXPORT Consulting Group presenta a continuación los principales aspectos que deben calendarizarse durante el inicio del período fiscal 2026.

  1. Cierre contable y Estados Financieros: Fecha límite al 31 de marzo de 2026. Las empresas deben efectuar el cierre contable anual, conciliación de cuentas y preparación de los Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados, etc.), los cuales servirán de base para la determinación del ISR anual y auditorías posteriores.
  2. Conciliación y determinación del ISR anual, incluyendo revisión del régimen aplicable: Fecha límite 31 de marzo de 2026.
  3. Actualización obligatoria en el Registro de Exportadores: Fecha límite 31 de enero de 2026. Todas las empresas exportadoras que solicitan su devolución de crédito fiscal de forma mensual ante el Banco de Guatemala y las que se encuentran inscritas en el nuevo régimen especial electrónico de devolución del crédito fiscal bajo FEL, deben actualizarse de conformidad con la Ley del IVA.

Esta actualización les permitirá mantenerse activo en el Registro de Exportadores y poder continuar solicitando la devolución del crédito fiscal. Deberá realizarla de forma electrónica desde su Agencia Virtual de SAT.

  1. Presentación del Informe del Empleador: Fecha límite 28 de febrero.
  2. Obligaciones específicas para empresas calificadas bajo el Decreto 29-89.
  • Informe Anual del empleador para empresas del régimen: a más tardar el 28 de febrero de 2026 en la plataforma habilitada por el MINTRAB dentro de su sitio web.
  • Planilla electrónica del IGSS de los últimos 3 meses: los primeros 20 días hábiles de cada mes en la página de SEADEX WEB.
  • Nómina de trabajadores del año calendario anterior: a más tardar el 28 de febrero de 2026 en la página web de MINTRAB: https://informeynomina2989.mintrabajo.gob.gt
  • Acta notarial de declaración jurada de obligaciones Laborales y Boleta de estadística: los primeros 40 días del año 2026 (antes del 26 de enero) en la página SEADEX WEB.

El cumplimiento oportuno de estas obligaciones permite iniciar el año con orden, previsibilidad y menor exposición a riesgos legales, fiscales y financieros.

Nuestro equipo de especialistas está preparado para acompañarle en cada uno de estos procesos, brindando asesoría técnica, legal y financiera adaptada a las necesidades de su empresa.

Para más información o para coordinar una reunión de trabajo, puede escribirnos a: ana.contreras@agexport.org.gt

Redacción: Ana Contreras, Gerente de Agexport Consulting Group.

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