Les informamos que, de acuerdo con el Estado de Calamidad y las Disposiciones Presidenciales publicadas en el diario oficial el domingo 29 de marzo:
EL TRANSPORTE DE CARGA NO TIENE LIMITACIONES PARA MOVILIZARSE DURANTE LOS 7 DÍAS DE LA SEMANA DEL 6 AL 12 DE ABRIL.
Se nos ha informado que no se emitirá un acuerdo específico, pues las disposiciones presidenciales son superiores a un Acuerdo Ministerial, y por lo tanto prevalecen.
Los representantes legales de las empresas que prestan servicio de transporte pesado de carga son responsables de instruir y velar por el cumplimiento de las medidas de salud y en especial por el distanciamiento social y la menor interacción con otras personas de los pilotos y auxiliares del transporte durante toda la actividad.