Estimado Asociado:
Hacemos de su conocimiento que el Ministerio de Economía emitirá a partir del 2 de julio 2020 desde las 11:00 horas, una nueva solicitud de autorización para el transporte de los trabajadores.
A partir del 6 de julio, los permisos anteriores quedarán sin vigencia
Este permiso aplica únicamente para:
* Transporte colectivo de los empleados de las empresas
* Tipos de vehículos: bus, taxi o panel, con placas e Circulación “A” o “C”
Si usted no se encuentra dentro de estas disposiciones, NO podrá solicitar este permiso.
A continuación, le presentamos el procedimiento a seguir:
1. Ingrese a la plataforma: Deberá acceder al sitio web: www.mineco.gob.gt y acceder en el botón de Autorización de Transporte de personal
2. Llene el formulario: Deberá llenar el Formulario para Autorización de Transporte Colectivo de Personal de Empresas, con la información solicitada. Este debe ser impreso, firmado por el representante legal y sellado por la empresa.

3. Autorización: El sistema enviará al correo electrónico registrado en formulario, una respuesta de autorización. Debe imprimirla, junto con el formulario de solicitud y entregarle una copia al piloto del transporte colectivo indicado.
Esta nueva autorización No tiene fecha de vencimiento.

4. Nuevas medidas de salud y seguridad ocupacional: Los vehículos autorizados deberán de cumplir con los lineamientos establecidos en el Acuerdo Gubernativo No. 79-2020 para minimizar el riesgo de contagio del COVID-19, incluyendo las siguientes medidas:
- * Coordinar líneas de ingreso al vehículo, respetando el distanciamiento social entre cada trabajador.
- * Desinfectar las manos de los trabajadores previo a su ingreso al transporte con alcohol en gel superior al 60% de concentración.
- * Todos los colaboradores deberán de utilizar las mascarillas en el viaje.
- * Verificar que el vehículo sea ocupado hasta un máximo del 50% de su capacidad.
- * Limpiar y desinfectar el vehículo previo a cada uso.
- * El piloto deberá de utilizar mascarilla y un escudo facial (careta).
- * Desinfectar el vehículo posterior a cada recorrido.
Los vehículos con placas de circulación “P” (particular) utilizados por los colaboradores de las empresas de actividades sin opción a cierre, no necesitan tramitar este permiso para circular.
Deben identificarse únicamente con:
* Carta de la Empresa donde identifique al trabajador, su vehículo e indique el tipo de actividad esencial que realiza.
* Carné de Identificación de la Empresa para la que labora
* Uniforme de la Empresas para la que labora.