Hacemos de su conocimiento la publicación del Acuerdo Ministerial No. 238-2022 que reformó el Acuerdo No. 158- 2022 y modifica el SISTEMA DE ALERTAS PARA LA PREVENCIÓN DE COVID-19 Y LA APERTURA A LA NUEVA NORMALIDAD.
¿Cuáles son los nuevos cambios al sistema?
USO DE MASCARILLA | Elimina el uso obligatorio de mascarilla en todos los municipios de la República, independientemente del nivel de alerta sanitaria verde (nueva normalidad), amarilla (preparación) naranja (transición) y rojo (restricción). El uso queda a discreción de cada persona. Mantiene el uso obligatorio de mascarilla en los siguientes lugares, independientemente del nivel de alerta sanitaria:Hospitales públicos y privados, centros de salud, puestos de hisopado y de vacunación, clínicas médicas y laboratorios.Centros de cuidado y atención de personas de la tercera edad.Centros de detención y de arresto. Se recomienda su uso en el Transporte urbano y extraurbano.Se exceptúan los menores de 2 años y las personas que por su condición médica tengan contraindicación. |
DISTANCIAMIENTO SOCIAL | Se elimina la obligación de mantener el distanciamiento. |
HIGIENE DE MANOS | Se elimina la obligatoriedad de mantener el uso de jabón o aplicación de alcohol líquido o en gel. |
PROTOCOLOS PARA EVENTOS | Los organizadores de eventos para actividades religiosas, recreativas o deportivas en los municipios en alerta roja ya no deberán de elaborar protocolos de bioseguridad para su realización. |
QUÉ DISPOSICIONES APLICAR EN LOS CENTROS DE TRABAJO. Tome nota que el Acuerdo Gubernativo No. 179-2022 que contiene el Reglamento sobre las Medidas de Prevención para Mitigar el Contagio de SARS COV-2 en los Centros de Trabajo, se mantiene vigente, por lo que todas las empresas adicional a las medidas de Salud y Seguridad Ocupacional, deberán de cumplir con lo siguiente:
- Disponer de su Protocolo de Prevención de COVID-19 en cada centro de trabajo,
- Mantener la limpieza y desinfección constante en las áreas de trabajo,
- Mantener la información, capacitación, difusión y señalización, motivando a los trabajadores evitar el contagio SARS COV-2,
- Suministrar alcohol líquido y/o en gel con al menos el 70% de concentración (esta disposición se mantiene independientemente de las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud para otros lugares).
- Con relación a uso de mascarilla, en virtud de la disposición del Ministerio de Salud, se elimina la obligación.
Para más información puede escribir al correo electrónico: ana.contreras@agexport.org.gt